CASO 1 — ALTA CON SECUELAS Y TRABAJADOR CITADO A PREACUERDO: VALORACIÓN DEL DAÑO
Si la ART considera que quedaron secuelas incapacitantes, puede citarte, evaluarte y hacerte una propuesta de convenio. No es obligatorio acudir a esa cita. Esa propuesta debe incluir el porcentaje de incapacidad y el monto indemnizatorio. La representación letrada es obligatoria.
Si aceptás la propuesta, con patrocinio letrado, se firma un preacuerdo y la ART debe iniciar el trámite de Valoración del Daño ante la SRT antes de los 30 días hábiles posteriores al alta médica.
