Accidentes de tránsito

Accidentes de tránsito. Calculadora de Indemnización

Edad: años

Porcentaje de Incapacidad: %

Ingreso Mensual:

Ingresos mensuales: Se debe consignar el promedio anual de ingresos mensuales, incluyendo SAC, de corresponder.

En línea con una importante corriente jurisprudencial, el ingreso mínimo que toma la calculadora es de $ 21.600, correspondiente al salario mínimo vital y móvil vigente a marzo/21, más SAC.

No obstante, será el arbitrio judicial el que, conforme a los criterios personales del evaluador, determinará la suma correspondiente, en particular para aquellas actividades no remuneradas, tales como ama o amo de casa.

Edad: Edad al momento del accidente

Incapacidad: Porcentaje de incapacidad psicofísica (comprensivo del daño físico y psicológico) determinada por perito oficial.

Cuando resultamos lesionados luego de un accidente de tránsito, debemos saber que tenemos derecho a percibir una indemnización plena que nos repare el daño sufrido. Es decir, que nos coloque en el estado en el que estábamos antes del hecho. Para ello, siempre es aconsejable contar con el asesoramiento de abogados especializados en accidentes de tránsito que nos puedan orientar, contener y acompañar en todo el proceso, hasta lograr el cobro de la indemnización que nos corresponde. 

Muy a menudo, nuestros clientes nos consultan cuál es la fórmula para calcular la indemnización por accidente de tránsito. En este sentido, podemos decir que, ante la necesidad de uniformar los criterios para establecer los resarcimientos por daño psicofísico, en la práctica, muchos jueces se orientan con la utilización de fórmulas matemáticas que tienen en cuenta tres factores (edad, ingresos e incapacidad).

La fórmula utilizada en esta calculadora para determinar la indemnización por accidentes de tránsito que corresponde cobrar es la fórmula denominada “Méndez”, “Vuoto II” o “Vuoto-Méndez», ya que ha sido adecuada a los parámetros fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, además, permite un resarcimiento pleno, que pondere no sólo la disminución de la aptitud del damnificado para ejecutar actividades productivas o económicamente valorables, sino también el nivel de incapacidad para la vida social (familiar, cultural, deportiva, etc.). Esta fórmula, también se puede utilizar para calcular la indemnización por daños y perjuicios en general, como así también para aquellos casos en que necesitemos estimar la indemnización por accidente de trabajo iniciando el reclamo a través de una acción civil.

Tenemos que destacar que los resultados que se obtienen utilizando este cálculo de indemnización por accidente de tránsito, deben entenderse como una estimación o pronóstico sobre la base de la aludida fórmula. Ello así, para fijar las indemnizaciones, los jueces no están sujetos a la aplicación de fórmulas matemáticas, sino que consideran y relacionan muchas otras variables relevantes de cada caso particular, sumado ello al criterio de razonabilidad para evitar indemnizaciones injustas por excesivas o exiguas (ver https://www.marinpistachia.com/accidente-transito-preguntas-frecuentes/#toggle-id-1). 

Lo mismo sucede, por ejemplo, en cuanto a la atribución de responsabilidades que puedan efectuar los jueces en relación a cada caso en particular. Por ejemplo, en este caso se da la particularidad de que el juez que intervino condenó (además del conductor alcoholizado del rodado en el que viajaban las víctimas) al Estado Provincial y local, al pago de la indemnización, considerando que éste último fue responsable, junto al conductor, por no haber efectuado los controles de rigor correspondientes (alcoholemia).

¿Qué rubros se pueden reclamar dentro de una indemnización por accidente de tránsito?

Entre los conceptos o rubros que se pueden reclamar en una indemnización por accidente de tránsito, debemos considerar:

  • Daño físico o lesiones (incapacidad)
  • Daño estético (sólo en caso de corresponder)
  • Daño psicológico (es el deterioro de las esferas afectivas e intelectuales. En este rubro también se debe agregar un importe que cubra el tratamiento psicológico futuro)
  • Daño moral (es la afectación de los sentimientos más profundos del damnificado, por haberse perturbado su ritmo normal y habitual de vida. En el caso de muerte o incapacidad definitiva muy alta del damnificado, lo pueden reclamar sus padres, hijos, cónyuge o conviviente)
  • Gastos médicos a raíz del hecho
  • Pérdida de la chance (es la pérdida de oportunidades concretas de haber obtenido algún logro o beneficio, si no hubiera ocurrido el accidente)
  • Daños materiales de nuestro rodado
  • Privación de uso (son los costos de transportes, taxis o remises que debe afrontar el damnificado y que se han generado a raíz del accidente)
  • Lucro cesante (son las ganancias que se dejaron de percibir como consecuencia del accidente)
  • Desvalorización del rodado (es el monto que se percibe por la pérdida de valor en el mercado que sufre el rodado luego del accidente)

Es importante aclarar que estos rubros los vamos a poder reclamar sólo con un juicio, ya que cuando se trata de acuerdos con las compañías seguros hay que resignar casi todos estos rubros para cobrar una indemnización mucho menor a la que corresponde. 

En efecto, las compañías aseguradoras no cumplen con el pago justo a una víctima de accidente de tránsito. Por ejemplo, en etapa extrajudicial o de mediación, las aseguradoras se van a basar en el informe que realicen sus médicos para determinar el porcentaje de incapacidad, que nunca va a coincidir con el real. Y, por supuesto, en base a este “falso” porcentaje, van a ofrecer una mínima indemnización. Por ello es fundamental contar con un estudio jurídico que tenga médico legista que nos acompañe a la revisación médica y pueda defender nuestros intereses junto a nuestro abogado. 

Esto último, no va a suceder en la etapa judicial, debido a que son los jueces quienes van a fijar la indemnización que debamos percibir, en base a la aplicación de fórmulas ya establecidas y a la evaluación de distintas circunstancias que consideren relevantes. Sin embargo, la vía judicial también tiene aspectos negativos, tales como la demora de los procesos judiciales.

En suma, siempre es importante contar con el asesoramiento de abogados especializados en accidentes de tránsito para que, a priori, nos puedan dar una idea de cuál es la indemnización que corresponde por un accidente de tránsito para así guiarnos sobre cuáles son los pasos a seguir para lograr el COBRO DE LA MEJOR INDEMNIZACIÓN posible.

Calculadoras de Indemnización de

calc indemnizacion trabajo
calc indemnizacion despido
25 comentarios
  1. Eli Richardson Dice:

    Me parece muy útil saber que la mayoría del tiempo las compañías aseguradoras no pagan lo que es justo a las víctimas de un accidente de tránsito. Unos días atrás, mi tía se accidentó mientras conducía de regreso hacia su casa, y la aseguradora le quiere dar un chiste de indemnización, así que, le voy a sugerir que busque el asesoramiento de un abogado. Agradezco tus consejos sobre defender nuestros intereses con la ayuda de un abogado. https://www.lorulaw.com/personal-injury-law

  2. Federico Dice:

    Hola tuve un accidente de tránsito de lo cual me dieron una incapacidad física de 31% y una psicológica del 6% al momento del accidente tenía 33 años,cuánto más o menos tendría que cobrar

  3. Celestino Rosa Ester Dice:

    Me accidente el 29/01/2018 en la calle …muchos posos y baches y x esto fui operada de codo se me aplicó una cupulectoctomia ,..tengo una cicatriz en ceja estoy aún con rehabilitación en ocaciones x dolor continuo del codo hoy verbalmente me dijo el abogado q el médico perito me dio el 36% de discapacidad y estoy en etapa final del juicio quiero saber si está bien el porcentaje dado en mi brazo derecho

    • Marín Pistachia Abogados Dice:

      Sí, Celestino. Parece estar bien, pero nadie mejor que tu abogado para responder, ya que vio la pericia. Saludos.

  4. Rosana Dice:

    Hola soy Rosana tuve un accidente en moto, me chocó una eco Sport. Tuve quebradura de platillo tivial y acetabulo, me pidieron dos operaciones en las cuales me colocaron placas y clavos, quisiera saber más o menos q grado de incapacidad me corresponde..
    Saludos..

    • Marín Pistachia Abogados Dice:

      Rosana, habrìa que ver la pérdida de movilidad. Llámanos al 0800 888 7708! Saludos!

  5. nestor Dice:

    Buen dia mi esposa la atropello un auto, ella iba en bicicleta y hace 2 1/2 meses le venimos reclamando a Caledonia seguros, sufrio varias lesiones en la parte derecha de su cuerpo como rodilla,pie,tobillo,hombro y cuello, adjuntando a la comañia estudios,informes médicos,etc.Sigue con mucho dolor todavia sin poder dormir.Aclaro no sufrió quebraduras.Cómo debo proceder esperamos la compañia se contacte ó vamos por la via judicial??gracias

    • Marín Pistachia Abogados Dice:

      Buenas tardes, Nestor. De todos esos trámites se encarga tu abogado. No es recomendable negociar directamente con los abogados del seguro sin contar con tu propio letrado. Saludos.

  6. Romina Dice:

    Buenas tardes, producto de un accidente de transito del cual un auto me choca( circulando en bicicleta con todas las medidas de seguridad) me provoca una fractura de coxis.
    estoy a la espera del medico legista para ver el grado de incapacidad
    ustedes podran orientarme ,desde ya muchas gracias

  7. Ana Dice:

    Hola. Yo tuve un accidente de tránsito en moto en el cual tuve fractura de fémur. Cuál sería el porcentaje de incapacidad? Y con respecto a mi ingreso mensual es de $53.000 pero no tengo recibo pq estoy en negro. Ese sería un inconveniente?

  8. AGNELLO FERNANDO Dice:

    BUENAS TARDES, TUVE UN ACCIDENTE DE TRANSITO, TENGO UN CORTE EN EL ROSTRO, EN EL CUAL SE HIZO SUTURA DE 50 PUNTOS, ABARCA PRACTICAMENTE TODA LA PARTE IZQUIERDA DEL ROSTRO INCLUYENDO LA BOCA,TAMBIEN FISURA DE UN POMULO, CORTES EN LAS DOS RODILLAS SOBRE LAS ROTULA (SOLO CORTES CON SUTURA DE 8 PUNTOS EN CADA UNA). APROXIMADAMENTE QUE PORCENTAJE DE INCAPACIDAD CORRESPONDE? MUCHAS GRACIAS.

    • Marín Pistachia Abogados Dice:

      Fernando, contactanos por Whatsapp así evaluamos las lesiones con una foto que nos envíes. Saludos.

  9. Mauricio Martin Dice:

    Hola, que tal? Quería saber que tipo de incapacidad me puede quedar aprox. por una fractura de tibia y peroné en un accidente de tránsito, generalmente que tipo de porcentaje se maneja?
    Gracias!

    • Marín Pistachia Abogados Dice:

      Mauricio, hay muchos factores a tener en cuenta, pero podría llegarse a 25%. Tenga en cuenta la incapacidad psicológica y el daño moral, además de otros conceptos indemnizatorios. Saludos

  10. Martin dominguez Dice:

    Hola buenas tardes quería saber que le puede corresponder a mi señora de indemnización por un accidente que ella tuvo y a raíz de ese accidente se quebró la muñeca derecha y se tiene que operar para que le pongan una prótesis

  11. Geremias martinez Dice:

    Hola mi sueldo es de 27mil tengo 21 años
    Todavía nose mi grado de incapacidad
    Tuve un accidente de tránsito y me fracture el astragalo hueso del pie cuanto debería pagarme?

    • Marín Pistachia Abogados Dice:

      Geremías, depende de cómo quede la movilidad de ese pie, pero estimá aproximadamente un 6% de incapacidad. Saludos.

  12. Christian Dice:

    Buena noches quería saber cuánto me corresponde por un choque tuve se me fracturó el fémur la cadera y perdí un órgano el bazo sanguíneo

    • Marín Pistachia Abogados Dice:

      Christian, por la pérdida del bazo generalmente es un valor fijo. Ahora bien, respecto de la cadera habría que ver cómo va a quedar. Llamanos al 0800 888 7708 que te orientamos. Saludos.

  13. Carlos Roberto Reinoso Dice:

    soy un abogado que hace poco incursiono en el cobro de las indemnizaciones laborales por muerte del trabajador. deseo calcular el valor vida del fallecido de 48 años y un sueldo bruto de 48600 pesos. desde ya gracias.

    • Marín Pistachia Abogados Dice:

      Doctor, los derechohabientes son acreederes de las indemnizaciones previstas en el segundo párrafo del apartado 2 del artículo 15 y artículo 11, apartado cuarto de la ley 24.557 (además de la pesión). Saludos!

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