Accidentes de Trabajo: ¿hay que tener abogado?
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¿HAY QUE TENER ABOGADO EN ACCIDENTES DE TRABAJO?
Sí, la ley establece que es obligatorio presentarse en la SRT- Comisión Médica con un abogado. Existe una innumerable oferta de abogados que se dedican a accidentes de trabajo, algunos buenos, otros no tanto, e incluso ¡hay abogados gratuitos en la SRT!. De allí que es importante indagar si el abogado elegido es especialista en accidentes de trabajo, y si tiene experiencia como abogado en trámites en la SRT – Comisión Médica, ello a fin de que el reclamo por accidente de trabajo a la ART sea exitoso.
El abanico de posibilidades es tan grande que, como hemos dicho, se le van a ofrecer abogados gratuitos de la SRT – Comisión Médica. Obviamente, la tentación es grande, ¿quién no quiere contar con los servicios de un abogado gratis? Pero como dice el dicho: “Cuando la limosna es grande, hasta el santo desconfía”. (https://www.elpopular.com.ar/eimpresa/289765/abogados-laboralistas-alertan-sobre-el-engano-del-asesoramiento-gratuito-para-los-accidentes-de-trabajo)
¿Cuál es el mejor abogado para accidentes de trabajo?
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y su aseguradora de riesgos del trabajo (ART) van a proponerle insistentemente que use uno de los abogados gratis de la SRT. Estos abogados, que por regla general tienen poca o nula experiencia litigando en la justicia laboral, cobran un sueldo que es pagado indirectamente por las ART. ¿Qué? Sí, leyó bien, las aseguradoras de riesgos del trabajo les pagan -a través de la SRT- a abogados para que ofrezcan sus servicios gratuitamente a los trabajadores accidentados con el inocultable objetivo de legitimar un procedimiento inconstitucional, cuya directa consecuencia es que el trabajador termine cobrando menos dinero.
¿Y por qué las ART harían esto? Sencillamente porque como toda empresa tienen por finalidad ganar dinero; y eso se logra de varias formas:
- pagando bajas indemnizaciones;
- brindando una atención médica de muy baja calidad;
- rechazando enfermedades profesionales;
- negando el servicio de remises para traslado a los pacientes accidentados, etc.
No es ninguna novedad que los abogados “gratuitos” no defienden los intereses del trabajador, sino los intereses económicos de quien les paga el sueldo. Por esto es que no tienen participación activa en la etapa probatoria del procedimiento, es decir, no van a aportar ningún estudio o informe de un médico legista, como así tampoco van a sugerirle que apele a la justicia cuando la incapacidad determinada sea muy baja. Su único trabajo consiste en “acompañar” al trabajador para que preste su conformidad a la incapacidad determinada por la Comisión Médica. Si el trabajador accidentado no acepta la indemnización, el abogado le va a informar que no puede representarlo más y que deberá conseguirse otro.( https://www.marinpistachia.com/como-se-cobra-indemnizacion/)
En suma, la trampa que las ART le tienden al trabajador consiste tentarlos con el servicio de un abogado “aparentemente gratuito”. Aquellos accidentados que crean que por no pagar el servicio de un abogado van a recibir una mayor indemnización logran, justamente, el efecto contario.
Separando la paja del trigo.
Como dijimos al principio, hay una gran cantidad de abogados que se dedican a accidentes de trabajo, y no todos son buenos. Por eso es conveniente que, antes de elegir, separe la paja del trigo.
Hoy en día las redes sociales y Google son un instrumento cada vez más utilizado por los consumidores para decidir sobre la compra o contratación de productos y servicios. La mayoría de los estudios de abogados más reconocidos, especializados en accidentes de trabajo, tienen presencia en las redes, así que las opiniones de sus clientes en la red pueden proporcionar indicios sobre cómo es el servicio de ese estudio. Si el estudio jurídico tiene página de Facebook, es posible ver las calificaciones y las opiniones que han escrito en el muro sus clientes. Lo mismo ocurre con Google; tipeando el nombre del estudio de abogados aparecerán todos sus datos y las reseñas de los clientes.
También es muy útil preguntarse cómo llegó a su abogado. Muchos estudios jurídicos utilizan métodos poco éticos para procurarse clientes, tales como trabajar conjuntamente con remiseros que transportan accidentados, contratar “tomadores de casos” que se ubican en la puerta de las clínicas o comprar listados con los teléfonos de accidentados a las clínicas de las ART. Así que, si llegó a su abogado ART convencido por un remisero u otra persona que conoció en una clínica de la ART, o si lo han llamado de un estudio y no entiende cómo obtuvieron su teléfono particular, es muy posible que ese estudio no sea la mejor opción.
¿Cuánto cobra un abogado de accidente de trabajo?
Los abogados que se dedican a accidentes de trabajo no cobran ningún tipo de adelanto, sino que cobran un porcentaje de lo que el cliente cobra (entre el 20% y el 30%). Al pagarse de este modo, el cliente se asegura que su abogado esté tan interesado como él en obtener la mayor indemnización posible en la menor cantidad de tiempo. Además, el cliente también se asegura que su abogado no podrá cobrarle por sus servicios si nada pudo cobrarle a la ART.
¿Quién paga los honorarios del abogado?
En casi todas las clínicas de las ART se encuentran carteles desprestigiando la labor de los abogados y advirtiendo sobre la inconveniencia de elegir abogados especializados.
En la misma línea, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo ubicó carteles en las Comisiones Médicas y desarrolló videos (que se pasan en los televisores de las salas de espera) advirtiendo que no debe pagarse honorarios y ofreciendo los “servicios” de sus abogados gratuitos.
Por su parte, las ART desalientan el debido asesoramiento jurídico a los trabajadores enviando cartas a sus domicilios en las que ofrecen los “abogados gratuitos”.
La realidad es que todos los abogados especialistas sí cobran honorarios, ya que es su trabajo. Incluso los abogados gratuitos cobran sus honorarios a quienes los contratan (ART-SRT).
En rigor, no existe una prohibición legal de pactar honorarios con el profesional elegido. La ley únicamente dice que las ART pagarán honorarios a los abogados, pero no dice qué porcentaje ni cuál es el plazo para pagarlos. De allí que las ART pagan el porcentaje que quieren (algunas pagan el 5%, otras no pagan el IVA, etc.) y cuando ellas quieren.
En tales condiciones, frente al abuso de estas empresas, y en la medida que la ley no prohíbe a los trabajadores pagar honorarios, éstos y los profesionales convienen de forma privada el porcentaje y forma de pago.
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