¿Cuánto paga la ART por fractura de Tibia y/o Peroné?
¿CUANTO PAGA LA ART POR FRACTURA DE TIBIA Y/O PERONÉ?
En este artículo vamos a ocuparnos de analizar cuánto paga la ART por una fractura de tibia y/o peroné. En primer lugar, debemos establecer si la lesión en sí misma se produce en la tibia, en el peroné o en ambos a la vez, ya que dependiendo de ello será el tratamiento a realizar como rehabilitación, la recuperación, la incapacidad que nos quede como secuela y por lo tanto la indemnización que percibiremos. También debemos tener en cuenta la consolidación de los huesos y si se encuentra afectado algún nervio.
Por lo tanto, hay muchos factores a considerar si sufrimos este tipo de lesión, y para ello es necesario contar con el asesoramiento de un abogado especialista en accidentes de trabajo, quien va a guiarnos para lograr que la ART nos otorgue la incapacidad que realmente nos corresponde, y nos abone la indemnización.
¿Cómo se produce una fractura de tibia y/o peroné?
La tibia y el peroné son los huesos que se encuentran en las extremidades inferiores, entre la rodilla y el tobillo, en forma paralela y a lo largo de la pierna. Si comparamos entre ambos huesos, podemos afirmar que la tibia es en sí misma la que soporta el peso del cuerpo y participa en la articulación con la rodilla. El peroné es un hueso mucho más fino y débil.
La fractura, como habíamos dicho más arriba, puede producirse en la tibia, en el peroné o en ambos huesos, y puede ser causada por un golpe, una caída, por un mecanismo de rotación forzada de la articulación con la rodilla o por la repetición de contracciones de los músculos de la pierna, también llamadas fracturas por estrés. Es una lesión que se da muy frecuentemente en el ámbito del fútbol, y cuando hablamos de lesiones de jugadores de fútbol, éstas constituyen un accidente de trabajo.
Ahora bien, cuando esta lesión se produce como consecuencia de nuestro trabajo, o por un accidente de trabajo, nos encontramos amparados por la Ley de Riesgos del Trabajo, y de acuerdo al tipo de fractura de que se trate, y a la incapacidad que nos quede luego de la rehabilitación, va a ser la indemnización que nos corresponda, la cual será abonada por la ART.
¿Cuál es la incapacidad que puede quedarnos por una fractura de tibia y peroné?
Al momento de iniciar el trámite ante la SRT (Superintendencia de Riesgos del Trabajo) con el fin de que nos fijen la incapacidad, los médicos tomarán en cuenta el Baremo establecido mediante el Decreto 659/96. Allí se determina mediante una tabla, cuál es el grado de incapacidad que corresponde en principio a cada tipo de lesión, a lo cual habrá que agregar con seguridad algunos otros factores.
En el caso de la fractura de tibia y/o peroné, el porcentaje de incapacidad puede variar según este Baremo, entre un 5% y un 20%, de acuerdo al tipo de fractura, a la zona del hueso en la que se haya producido, etc.
Por otro lado, como dijimos al inicio, debemos también tener en cuenta la consolidación de la fractura para evaluar la pseudoartrosis, muy común en este tipo de lesiones. Esta se produce cuando, tras la fractura, los huesos no se consolidan bien. De esta forma, no llegan a unirse como debieran, y se genera una cierta inestabilidad entre ambos extremos. Nuevamente debemos guiarnos por el Baremo, donde se establece que para la pseudoartrosis de tibia y peroné, o tibia (según extremo), la incapacidad puede variar entre un 20 y 40%, mientras que respecto al peroné (según ubicación) entre 3 y 12%.
Asimismo, debemos considerar la posible afectación del nervio, lo cual también se encuentra contemplado a la hora de determinar incapacidad. Conforme establece el Decreto mencionado, las lesiones de los nervios o neuropatía (generalmente nervio ciático poplíteo externo, nervio peróneo, nervio tibial) se manifiestan a través de déficit motor y/o sensitivo. Por ello, al momento de fijar incapacidad, debemos analizar el componente que se encuentra afectado. En este caso, los números pueden variar más aún, dado que va a depender del nervio afectado y de cual es componente comprometido. A modo de ejemplo, les dejamos aquí una pericia médica efectuada en sede judicial, en la cual al trabajador accidentado se le otorgó un 20% por este tipo de lesión.
Por este motivo, siempre conviene acudir a las comisiones médicas dependientes de la SRT, acompañados por nuestro abogado de confianza, quien tenga los conocimientos necesarios para poder defender nuestros derechos, y nos permita obtener la indemnización que verdaderamente nos corresponda .
¿Cómo es el tratamiento para una fractura de tibia y/o peroné?
El tratamiento de este tipo de fracturas, depende de si hubo desplazamiento o no de los huesos. En el caso de que haya habido desplazamiento, es necesario realizar un procedimiento quirúrgico para colocar clavos o placas metálicas, a los fines de que colaboren para que vuelvan a sellarse los huesos. En cambio, si se trata de una fractura sin desplazamiento, se suele inmovilizar la pierna, y luego se continúa (en ambos casos) con la rehabilitación kinesiológica.
¿Cuánto paga la ART por fractura de tibia y/o peroné?
A continuación, vamos a citar algunos ejemplos de casos judiciales, en los cuales se ha fijado incapacidad por este tipo de fracturas, y se abonaron las indemnizaciones correspondientes:
- Expte 44761/15 de la Justicia Nacional del Trabajo, donde se determinó una incapacidad del 51,5% por lo que la indemnización actualizada al 29/07/2020 equivale a $ 3.211.829,61.-
- Expte 525/17 de la Justicia Nacional del Trabajo, donde se determinó una incapacidad del 36.2% por lo que la indemnización actualizada al 29/07/2020 equivale a $ 2.472.200,12.
- Expte 48257/16 de la Justicia Nacional del Trabajo, donde se determinó una incapacidad del 25,5% por lo que la indemnización actualizada al 29/07/2020 equivale a $ 698.131,06.-
Como vemos, los valores pueden cambiar mucho depende siempre de las circunstancias de cada caso.
Por último, y sólo a modo orientativo, dejamos esta calculadora de indemnización, con la cual podremos efectuar una estimación del monto indemnizatorio que podríamos llegar a percibir. No obstante, para poder utilizarla es importante tener una idea de cuánta incapacidad podríamos tener, para lo cual estamos a su disposición las 24 hs. para responder su consulta vía chat o Whatsapp! 11-5919-1200